Uruguay te ofrece una batería de beneficios para disfrutar en familia, en pareja o con amigos. Los turistas no residentes que se encuentran en Uruguay cuentan con los siguientes beneficios:
Beneficio válido para no residentes, debiendo acreditar tal condición presentando el documento de identidad emitido en el exterior. Al estar exonerado, este consumo se factura sin IVA, por lo tanto el impuesto no se cobra, no generando devolución.
Vigencia:
todo el año.
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Devolución de 9 puntos de IVA sobre servicios gastronómicos
, cuando sean prestados por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, cafeterías, salones de té y similares, o por hoteles, moteles, apart hoteles, hosterías, estancias turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas, posadas de campo, casas de campo y camping hostels, siempre que dichas prestaciones no integren el concepto de hospedaje.
Vigencia: hasta el 30 de abril de 2026. *
Vigencia: hasta el 30 de abril de 2026. *
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Devolución de 9 puntos de IVA en servicios para fiestas y eventos, no incluidos en el literal anterior
(tales como servicios de fotografía, video, música, entre otros, que estén gravados por el IVA)
Vigencia: hasta el 30 de abril de 2026. *
Vigencia: hasta el 30 de abril de 2026. *
Vigencia: hasta el 30 de abril de 2026.*
La aplicación de todos estos beneficios fiscales corresponde a servicios prestados a consumidores finales, siempre que los adquirientes sean personas físicas en tanto sean abonados a través de dinero electrónico, tarjetas de débito y/ o crédito emitidas en el exterior o mediante pago con transferencia electrónica de fondos provenientes del exterior, siempre que intervenga un adquirente o una entidad de cobranza residente a nivel nacional.
*En el caso de que el servicio sea prestado por pequeñas y medianas empresas incluidas en el literal E) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996 (en cuyos comprobantes no se realiza el desglose del IVA), la reducción corresponde al 7,38% sobre el importe total de la operación.
Ver la normativa vigente.
OTRAS VENTAJAS
Válidas para compras de productos incluidos en el régimen, realizadas en comercios adheridos al sistema, cumpliendo el trámite correspondiente en el momento de la compra y en tanto el egreso del país se produzca a través de alguno de los siguientes pasos de frontera: Aeropuerto Internacional de Carrasco, Aeropuerto de Laguna del Sauce, Puerto de Montevideo, Puerto de Colonia, Terminal de Arribos de Cruceros de Punta del Este, Puente Salto-Concordia, Puente Paysandú-Colón, Puente Fray Bentos-Puerto Unzué y Chuy. Al momento de dejar el país, deberá completarse el trámite correspondiente para el reintegro, en los puestos debidamente identificados.
Vigencia: todo el año.